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Sustancia económica “Supremacía de lo financiero sobre lo fiscal”

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           Iniciamos este articulo con una reflexión “Porque cuando determinamos impuestos siempre nos vamos a las normas fiscales a cerciorarnos del correcto procedimiento para determinar el impuesto, pero cuando hablamos de contabilidad la mayor parte de los contadores no recurrimos a la norma contables para hacer nuestros registros contables”. Es ahí donde está la forma correcta de contabilizar, deberíamos de recurrir a la norma contable pues es parte del desarrollo correcto de la profesión contable.      Si nos vamos a la norma contable nos damos cuenta que de acuerdo a lo que se indica en la NIF A 2 en el postulado de sustancia económica nos dice que es necesario observar una separación y una supremacía, por llamarlo así, del fondo económico sobre la forma jurídica, es decir debemos darle prioridad al fondo económico antes de la forma jurídica. Una contabilidad perfecta siempre servirá de manera correcta como auxiliar a la ho...

Procesos administrativos y la máxima recaudación para el ejercicio 2020

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          Parecería que no fue necesario llegar al 2020 para que se pusiera de moda en temas fiscales la materialidad de las operaciones y es que en cuestión de recaudación la autoridad fiscal piensa recaudar  a lo máximo con el mínimo esfuerzo. No olvidemos que fue a partir de 2014 donde todos estaban perdiendo la cabeza por ser asesores fiscales y dejaron a un lado todos los procesos administrativos, sin saber que son estos los que nos llevan a la victoria en terrenos fiscales.           Hoy debemos de retomar todos estos procesos administrativos y no solo retomarlos si no que estos deben ser perfectos para evitar una presunción por parte de la autoridad fiscal y de esta manera blindar malas prácticas de nuestros proveedores. Definitivamente los temas fiscales hoy deben abrir las puertas a los procesos administrativos.           La perfección de estos procesos en áreas administrativas como...

Todo lo que debes saber de las vacaciones

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¿Qué son las vacaciones?             Néstor del Buen Lozano, en su obra denominada “DERECHO DEL TRABAJO” tomo segundo, decimosexta edición, en su página 192, define las vacaciones de los trabajadores de la siguiente forma: “…constituyen una causa típica de interrupción de la prestación de los servicios por parte de un trabajador. Su finalidad es clara: el permitir al trabajador, un descanso más o menos prolongado, recuperar las energías, pero, sobre todo aliviar la tensión que resulta del sometimiento diario a un régimen de disciplina y subordinación. En cierto modo el trabajador, mediante el disfrute de vacaciones, recupera su libertad.”.     De lo anterior, podemos concluir que las vacaciones es una prestación concedida a los trabajadores que prestan servicios de forma continua para determinado patrón, cuyo fin principal, es el permitir al trabajador un descanso más o menos prolongado y recuperar l...

Séptimo día

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Séptimo día El descanso semanal, también conocido como descanso del séptimo día, cumple con la intención del legislador de que por cada 6 días laborados el trabajador disfrute de un día de descanso, por lo menos. Lo anterior significa que a cambio del trabajo por seis días consecutivos, el trabajador tendrá derecho a dejar de concurrir a su trabajo el séptimo día con disfrute de su salario. Pero también puede suceder que la empresa conceda al trabajador, dos días de descanso a la semana en lugar de uno solo y entonces el trabajador prestará sus servicios durante cinco días consecutivos y descansará los dos siguientes. Lo normal en nuestro medio es que el descanso semanal sea el día domingo. Al iniciarse una relación laboral, trabajadores y patrones adquieren derechos y obligaciones. Uno de los derechos de los trabajadores es el descanso semanal, también conocido como descanso del séptimo día.              El descanso es definido por...

"Toda provisión genera un pasivo, pero no todo pasivo proviene de una provisión".

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  "Toda provisión genera un pasivo, pero no todo pasivo proviene de una provisión".          ¡No todo es provisión!  “En el ámbito contable, una provisión es un pasivo que consiste en reservar una serie de recursos para hacer frente una obligación de pago prevista en el futuro”.               El término de "provisión" se ha venido utilizando de manera tan habitual que se da por hecho que es correcto, sin embargo veamos que nos dice la NIF C-9 en su párrafo 32.1.1  al respecto. “Las provisiones se distinguen del resto de los pasivos por la existencia de incertidumbre acerca del momento o de la cuantía de los desembolsos futuros necesarios para proceder a su liquidación. En contraste, los siguientes pasivos, entre otros, normalmente están claramente definidos: a) Instrumentos financieros por pagar, originados por financiamiento recibido. b) proveedores, que ...

¿Existe en tu contabilidad la cuenta contable no deducibles?

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  ¿Existe en tu contabilidad la cuenta contable no deducibles?      Si tu respuesta fue sí, es que estas contabilizando de una manera incorrecta, estas contabilizando de acuerdo a normas fiscales haciendo a un lado las normas contables.        Pareciera que de un tiempo a la fecha se puso de moda los temas fiscales. ¿Pero qué pasa con los temas de normas contables, cuando se pondrán de moda? ¿Los temas contables deben ser igual o más importantes que los fiscales?           La aplicación de las normas contables deben ser perfectas ya que estas reflejarán la verdadera situación financiera de nuestro negocio, también se podrá evaluar el futuro de la misma. Las normas contables buscan generar información para la toma de decisiones, y cuya información debe ser suficiente y oportuna  para empresarios, directivos y  administradores.           La norma contable no ha...