"Toda provisión genera un pasivo, pero no todo pasivo proviene de una provisión".


 "Toda provisión genera un pasivo, pero no todo pasivo proviene de una provisión".

         ¡No todo es provisión!


 “En el ámbito contable, una provisión es un pasivo que consiste en reservar una serie de recursos para hacer frente una obligación de pago prevista en el futuro”. 



             El término de "provisión" se ha venido utilizando de manera tan habitual que se da por hecho que es correcto, sin embargo veamos que nos dice la NIF C-9 en su párrafo 32.1.1  al respecto.

“Las provisiones se distinguen del resto de los pasivos por la existencia de incertidumbre acerca del momento o de la cuantía de los desembolsos futuros necesarios para proceder a su liquidación.
En contraste, los siguientes pasivos, entre otros, normalmente están claramente definidos:
a) Instrumentos financieros por pagar, originados por financiamiento recibido.
b) proveedores, que son cuentas por pagar por bienes o servicios que han sido recibidos por la entidad. Aun cuando ocasionalmente sea necesario estimar el importe o la fecha de liquidación de las cuentas por pagar a proveedores (por ejemplo el registro del consumo de energía eléctrica o teléfono y no tenemos el recibo correspondiente), la incertidumbre asociada con las mismas es, por lo general, mucho menor que en el caso de las provisiones.
c) otras cuentas por pagar, que son pasivos normalmente originados por disposiciones legales, tales como los impuestos retenidos por pagar, así como los impuestos, derechos y aprovechamientos a cargo de la entidad (distintos al ISR), cuyo monto y fecha de pago están definidos por ley. También existen otras cuentas por pagar que se originan por contratos, tales como los cobros por cuenta de terceros por reembolsar”.

            Desde el punto de vista fiscal, de conformidad con la fracción VIII del Art. 28 de la LISR, las provisiones no serán deducibles. De tal suerte, hay que saber diferenciar lo que es una provisión del resto de los pasivos, para su adecuado registro contable y determinación de sus efectos fiscales.

Javier Isidro Gatica

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