Nueva facultad del SAT para cerciorarse de que una factura no es falsa en 2026
La nueva
facultad del SAT para cerciorarse de que una factura no es falsa en 2026 se
centra en la materialidad de las operaciones y en mecanismos de
verificación más directos y contundentes.
La adición del artículo 49-Bis al CFF introduce una facultad de comprobación inmediata que permite a la autoridad presumir la falsedad de facturas emitidas por el contribuyente, otorgándole únicamente cinco días para desvirtuar dicha presunción. Este plazo resulta sumamente reducido y pone en riesgo el ejercicio efectivo del derecho de defensa.
De confirmarse la presunción, las facturas se consideran falsas y el receptor —el cliente— debe regularizarse, dejar sin efectos los comprobantes y presentar declaraciones complementarias, sin que el procedimiento le otorgue la oportunidad de justificar la validez de las operaciones. Ello podría implicar una vulneración al derecho de audiencia y al debido proceso.
Asimismo, persiste la duda sobre si este nuevo procedimiento desplazará al previsto en el artículo 69-B del propio Código, que persigue un fin similar. Corresponderá al Poder Judicial determinar si la aplicación del artículo 49-Bis respeta o no los derechos fundamentales de los contribuyentes.
En qué
consiste la nueva facultad
- Revisión de materialidad: El SAT ya no se conforma con
que el CFDI esté timbrado; ahora exige comprobar que la operación
realmente ocurrió.
- Facultad de invalidar
comprobantes:
Si la autoridad determina que no hay evidencia suficiente, puede declarar
la factura como “falsa” y negar su deducibilidad o acreditamiento.
- Suspensión del sello digital
(CSD): Ante
facturas falsas, el SAT puede restringir el uso del CSD, lo que paraliza
la capacidad de emitir comprobantes.
- Negación de inscripción al RFC: Empresas vinculadas con
factureras o créditos fiscales firmes pueden ser rechazadas al intentar
inscribirse.
- Delito grave: Emitir o recibir facturas
falsas se considera delito con prisión preventiva oficiosa.
Cómo
ejercerá esta facultad
- Visitas domiciliarias con
registro audiovisual
- Inspectores del SAT podrán
acudir al domicilio fiscal y grabar en video la existencia de
operaciones, bienes o servicios.
- Cruce de información masivo
- Se usarán bases de datos
bancarias, aduaneras y de comercio exterior para verificar que los CFDI
coincidan con pagos y entregas reales.
- Listas negras de proveedores
- Se reforzará la publicación de
contribuyentes que emiten comprobantes sin operaciones reales (EFOS).
- Auditorías rápidas y focalizadas
- El SAT aplicará algoritmos para
detectar inconsistencias entre declaraciones, retenciones y CFDI,
priorizando sectores con tasas efectivas bajas.
- Requerimientos de evidencia
documental
- Contratos, órdenes de compra, guías de envío, actas de entrega y comprobantes bancarios podrán ser solicitados como prueba inmediata.
Nuevas
reglas de materialidad (2026)
- Operaciones reales y
verificables: Cada CFDI debe respaldar una transacción que efectivamente
ocurrió, con evidencia física o documental.
- Pruebas exigibles: El SAT podrá
requerir contratos, entregas, pagos bancarios, fotografías o grabaciones
que demuestren la operación.
- Fiscalización acelerada: Se
habilitan visitas con registro audiovisual para comprobar la existencia de
las operaciones.
- Invalidación de CFDI simulados:
Si no se demuestra materialidad, el comprobante se considera “falso” y no
deducible.
Nuevos controles
internos obligatorios
- Checklist de validación de CFDI: Verificar RFC del proveedor,
domicilio fiscal y que no esté en listas negras.
- Conciliación documental: Contratos, órdenes de compra,
entregas y pagos deben coincidir con la factura.
- Monitoreo del Certificado de
Sello Digital (CSD): El SAT podrá suspenderlo si detecta irregularidades; sin CSD no se
pueden emitir facturas.
- Auditorías internas periódicas: Revisar consistencia entre
declaraciones, retenciones y CFDI emitidos/recibidos.
- Registro audiovisual en visitas: Preparar expedientes y
controles para sustentar operaciones ante inspecciones.
Nuevas
reglas de facturación electrónica (CFDI)
- CFDI solo para operaciones
existentes y verdaderas: No se aceptarán comprobantes que amparen transacciones
simuladas.
- Validación reforzada: El SAT tendrá facultad de
verificar materialidad antes de aceptar deducciones o devoluciones.
- Negación de inscripción al RFC: Empresas vinculadas con
factureras o créditos fiscales firmes podrán ser rechazadas.
- Mayor trazabilidad: Se busca que cada CFDI esté
vinculado a evidencia documental y bancaria.
- Sanciones severas: Facturación falsa será delito
grave con prisión preventiva oficiosa.
Recomendaciones
prácticas para empresas
- Implementar un manual de
controles internos con pasos claros para validar cada factura.
- Crear un expediente digital
por operación (contrato, pago, entrega, CFDI).
- Capacitar al personal contable
en las nuevas reglas de materialidad.
- Revisar periódicamente la tasa
efectiva de impuestos del sector para evitar discrepancias.
- Usar herramientas de
conciliación automática entre CFDI y registros contables.
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