Nueva facultad del SAT para cerciorarse de que una factura no es falsa en 2026

 

La nueva facultad del SAT para cerciorarse de que una factura no es falsa en 2026 se centra en la materialidad de las operaciones y en mecanismos de verificación más directos y contundentes.

La adición del artículo 49-Bis al CFF introduce una facultad de comprobación inmediata que permite a la autoridad presumir la falsedad de facturas emitidas por el contribuyente, otorgándole únicamente cinco días para desvirtuar dicha presunción. Este plazo resulta sumamente reducido y pone en riesgo el ejercicio efectivo del derecho de defensa.

De confirmarse la presunción, las facturas se consideran falsas y el receptor —el cliente— debe regularizarse, dejar sin efectos los comprobantes y presentar declaraciones complementarias, sin que el procedimiento le otorgue la oportunidad de justificar la validez de las operaciones. Ello podría implicar una vulneración al derecho de audiencia y al debido proceso.

Asimismo, persiste la duda sobre si este nuevo procedimiento desplazará al previsto en el artículo 69-B del propio Código, que persigue un fin similar. Corresponderá al Poder Judicial determinar si la aplicación del artículo 49-Bis respeta o no los derechos fundamentales de los contribuyentes.




En qué consiste la nueva facultad

  • Revisión de materialidad: El SAT ya no se conforma con que el CFDI esté timbrado; ahora exige comprobar que la operación realmente ocurrió.
  • Facultad de invalidar comprobantes: Si la autoridad determina que no hay evidencia suficiente, puede declarar la factura como “falsa” y negar su deducibilidad o acreditamiento.
  • Suspensión del sello digital (CSD): Ante facturas falsas, el SAT puede restringir el uso del CSD, lo que paraliza la capacidad de emitir comprobantes.
  • Negación de inscripción al RFC: Empresas vinculadas con factureras o créditos fiscales firmes pueden ser rechazadas al intentar inscribirse.
  • Delito grave: Emitir o recibir facturas falsas se considera delito con prisión preventiva oficiosa.

Cómo ejercerá esta facultad

  • Visitas domiciliarias con registro audiovisual
    • Inspectores del SAT podrán acudir al domicilio fiscal y grabar en video la existencia de operaciones, bienes o servicios.
  • Cruce de información masivo
    • Se usarán bases de datos bancarias, aduaneras y de comercio exterior para verificar que los CFDI coincidan con pagos y entregas reales.
  • Listas negras de proveedores
    • Se reforzará la publicación de contribuyentes que emiten comprobantes sin operaciones reales (EFOS).
  • Auditorías rápidas y focalizadas
    • El SAT aplicará algoritmos para detectar inconsistencias entre declaraciones, retenciones y CFDI, priorizando sectores con tasas efectivas bajas.
  • Requerimientos de evidencia documental
    • Contratos, órdenes de compra, guías de envío, actas de entrega y comprobantes bancarios podrán ser solicitados como prueba inmediata.

Nuevas reglas de materialidad (2026)

  • Operaciones reales y verificables: Cada CFDI debe respaldar una transacción que efectivamente ocurrió, con evidencia física o documental.
  • Pruebas exigibles: El SAT podrá requerir contratos, entregas, pagos bancarios, fotografías o grabaciones que demuestren la operación.
  • Fiscalización acelerada: Se habilitan visitas con registro audiovisual para comprobar la existencia de las operaciones.
  • Invalidación de CFDI simulados: Si no se demuestra materialidad, el comprobante se considera “falso” y no deducible.

Nuevos controles internos obligatorios

  • Checklist de validación de CFDI: Verificar RFC del proveedor, domicilio fiscal y que no esté en listas negras.
  • Conciliación documental: Contratos, órdenes de compra, entregas y pagos deben coincidir con la factura.
  • Monitoreo del Certificado de Sello Digital (CSD): El SAT podrá suspenderlo si detecta irregularidades; sin CSD no se pueden emitir facturas.
  • Auditorías internas periódicas: Revisar consistencia entre declaraciones, retenciones y CFDI emitidos/recibidos.
  • Registro audiovisual en visitas: Preparar expedientes y controles para sustentar operaciones ante inspecciones.

Nuevas reglas de facturación electrónica (CFDI)

  • CFDI solo para operaciones existentes y verdaderas: No se aceptarán comprobantes que amparen transacciones simuladas.
  • Validación reforzada: El SAT tendrá facultad de verificar materialidad antes de aceptar deducciones o devoluciones.
  • Negación de inscripción al RFC: Empresas vinculadas con factureras o créditos fiscales firmes podrán ser rechazadas.
  • Mayor trazabilidad: Se busca que cada CFDI esté vinculado a evidencia documental y bancaria.
  • Sanciones severas: Facturación falsa será delito grave con prisión preventiva oficiosa.

Recomendaciones prácticas para empresas

  • Implementar un manual de controles internos con pasos claros para validar cada factura.
  • Crear un expediente digital por operación (contrato, pago, entrega, CFDI).
  • Capacitar al personal contable en las nuevas reglas de materialidad.
  • Revisar periódicamente la tasa efectiva de impuestos del sector para evitar discrepancias.
  • Usar herramientas de conciliación automática entre CFDI y registros contables.

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