Retiro de utilidades en personas físicas actividad empresarial
Retiro de utilidades en personas físicas actividad empresarial
Introducción
Las personas físicas que
realizan alguna actividad requieren de ciertas cantidades de dinero para gastos
personales, como: compra de auto-móvil para uso particular, despensas, pago de
sus tarjetas personales, vacaciones, compra de muebles, construcción
o remodelación de su casa habitación, etcétera; y surgen dudas:
¿Cómo retiro las
utilidades de mi negocio? o, ¿puedo asignarme un salario en mi negocio?
En esta ocasión nos
enfocaremos a las formas de retirar las utilidades en el caso de las personas
físicas que realizan actividades empresariales, profesionales, o bien, en
arrendamiento de bienes inmuebles.
Es muy común apreciar en la práctica que una de las inquietudes de las personas físicas que realizan actividades empresariales es ¿Cómo dispongo de mi utilidad si ya pague mis impuestos, sin incurrir en omisión de las disposiciones fiscales?
Contablemente puedes hacer el
siguiente asiento. Cargo a deudores diversos y abono a bancos.
Al final del ejercicio el monto que se acumule en esta cuenta lo cancelas contra utilidades del ejercicio. Cargo a utilidades del ejercicio contra deudores diversos.
Opción 2. Si ya
cumpliste con todas tus obligaciones fiscales. La utilidad la puedes sacar
cuando tú lo decidas Eso es legalmente. Claro está en el supuesto caso que todo
tengas pagado. Es decir todos los impuestos mensuales, además del “impuesto
anual” y la PTU.
Contablemente.
Registra una disminución de la cuenta de utilidades o resultados de ejercicios
anteriores. Es decir las utilidades acumuladas de tu empresa. Para esto se hace
lo siguiente.
Asiento contable. Un cargo a utilidades de ejercicios
anteriores y un abono a bancos... la cantidad que quieras y que permita tu
solvencia claro está.
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